Procedimiento de solicitud y obtención de autorización de la Comisión de Comunicación Institucional
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Procedimiento de solicitud y obtención de autorización de la Comisión de Comunicación Institucional (CCI).
Normativa
El Decreto 384/2011, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional del Gobierno de Aragón (PDF, 151 KB) dispone:
- Toda acción de comunicación institucional del Gobierno de Aragón o realizada con su colaboración requiere, primero, el informe preceptivo de la Comisión de Comunicación Institucional y, posteriormente, su autorización.
- Ambas decisiones son necesarias para la tramitación del expediente administrativo por parte de la Intervención General o sus equivalentes: la primera, para la fiscalización previa del expediente administrativo; la segunda, para su finalización y pago.
Autorización
Requieren ese informe y autorización las siguientes actividades de comunicación:
- Publicidad, en todas sus formas.
- Patrocinio por parte del Gobierno de acciones desarrolladas por otras entidades o cuando estas patrocinan programas del Gobierno.
- Creación de marcas corporativas, por tanto que identifiquen organismos, entes públicos o unidades, sociedades y planes o actividades del Gobierno de Aragón.
- Uso de logotipos corporativos, con independencia del soporte.
- Cartelería, en sus diferentes manifestaciones.
- Señalética, exterior o interior, se utilice un soporte u otro.
- Publicaciones: folletos, libros, productos audiovisuales o informáticos.
- Acciones promocionales: objetos, actos, ferias, suplementos informativos.
Procedimiento electrónico
Para ello, el Promotor de la actividad dispone del siguiente Procedimiento electrónico:
- Cumplimentar el Formulario de solicitud de autorización anexo a este documento, aportando con precisión los datos básicos de la solicitud (identificación, contenido, inversión..1) y remitirlo por Internet mediante el botón "Enviar (presentación on line)", habilitado en el propio Formulario.
- Esa solicitud será tramitada a la Comisión de Comunicación Institucional como propuesta de actuación, a fin de que aquella la informe favorable o negativamente por el procedimiento ordinario o de forma urgente, para que no se dilate o entorpezca la gestión relativa a la actividad.
- El Promotor podrá comprobar si su solicitud ha sido informada favorable o desfavorablemente, entrando en la opción consulta del estado de una solicitudmediante el número de solicitud y la clave que el Sistema le habrá asignado al enviar el Formulario.
- Tras comprobar que su Propuesta ha sido informada favorablemente, el Promotor estará en condiciones de gestionar su contratación. En los demás supuestos, la actuación no podrá ser llevada a cabo o, en todo caso, no será fiscalizada.
- Contratado el servicio, el Promotor deberá remitir a la Comisión de Comunicación del Gobierno una PRUEBA 2 del original creativo o DATOS3 complementarios sobre la actividad, con vistas a obtener la autorización de la Comisión de Comunicación Institucional.
- Si la actividad ha dado lugar a expediente administrativo, esa autorización deberá ser incorporada a este como condición necesaria para su fiscalización y conclusión por parte de la Intervención General.
- La Comisión de Comunicación Institucional basará su autorización en que la solicitud:;
- Se adecue a los objetivos del Plan anual de Comunicación, en especial a las prioridades y mensajes propuestos por los departamentos y aprobados por la Comisión.
- Siga lo dispuesto en el Manual de Identidad Visual Corporativa y sus documentos complementarios.
- Haya sido presentada antes de realizar la actividad o de que se haya iniciado su gestión.
Logomarcas
Para la creación o uso de alguna de las logomarcas de la Administración Autónoma de Aragón, se seguirá el procedimiento anterior, pero teniendo en cuenta lo siguiente:
- El Promotor deberá presentar su propuesta y esperar el informe favorable o desfavorable de la Comisión, todo ello según el Procedimiento fijado en el apartado 3.
- Si se desea el envío del original electrónico, deberá incluirse en el Formulario de solicitud la referencia que el logotipo tienen asignada en la Galería de logotipos anexa. De concederse, la autorización será sólo para el uso propuesto y por una sola vez; el envío se realizará por el canal elegido en el apartado Datos de contacto.
Cuando la actividad sea promovida por otra entidad o administración, deberá seguirse el procedimiento general ya descrito, aunque para su informe y autorización la solicitud deberá llegar avalada por el Departamento, Organismo o Ente público del Gobierno de Aragón que participa en la actuación o, en su defecto, que es competente en la materia.
A este respecto, para cumplir lo dispuesto en el Decreto 384/2011, las acciones de comunicación que deriven de convenios o colaboraciones que el Gobierno de Aragón y sus organismos suscriban o lleven a cabo con otras administraciones o entidades requerirán solicitud previa según los cauces aquí reseñados.
- Si la actividad no supone coste para el Gobierno de Aragón, se pondrá en esa casilla el número 0.
- Fotocopia, archivo electrónico, cd...
- Planificación de medios, ...
Última actualización: 24/02/2023
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