Pasaporte fitosanitario

  • Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria
  • Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal
  • Sanidad y certificación vegetal
  • Cultivos agrícolas
  • Agricultura, ganadería y medio rural

Información sobre el pasaporte fitosanitario en Aragón: descripción, emisión, trámites

Modelo de pasaporte fitosanitario

Modelo de pasaporte fitosanitario

¿Qué es el pasaporte fitosanitario?

El pasaporte fitosanitario (PF) es la marca oficial que acompaña a los vegetales, productos vegetales y otros objetos, debe estar vinculado físicamente a la unidad comercial (novedad respecto al periodo anterior), y que acredita el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2016/2031 para el movimiento de los mismos por el territorio de la Unión Europea y, en su caso, para su introducción y movimiento por zonas protegidas.

El objeto del pasaporte fitosanitario es acreditar en cada envío:

  • que los vegetales, productos vegetales y otros objetos que lo requieran van libres de plagas cuarentenarias (o en su caso de plagas cuarentenarias de determinadas zonas protegidas).
  • que cumple con los niveles de tolerancia exigidos para las plagas reguladas no cuarentenarias (RNQPs). Estas últimas plagas son un concepto nuevo respecto a la anterior legislación.

Este nuevo periodo también presenta importantes cambios respecto al formato, contenido y colocación del PF. Estos criterios se establecen de forma unificada para toda la Unión Europea, en el Reglamento (UE) 2016/2031 y más específicamente en el Reglamento (UE) 2017/2313.

Otras novedades, es que desaparece el PF de sustitución (con distintivo ZP), contemplado en la anterior legislación, pero sin embargo se permite que un pasaporte fitosanitario pueda ser sustituido por otro:

  • en el caso de que el operador así lo solicite (facultativo)
  • en el caso de que la unidad comercial cambie sus condiciones fitosanitarias o se subdivida lotes (obligatorio)

La autorización para emitir los pasaportes, queda asociada a la obligación de realizar una declaración anual de cultivos, que sirve para adoptar las medidas necesarias, entre ellas, realizar los pertinentes controles.

¿Quién debe emitir el pasaporte fitosanitario?

Las empresas implicadas en la producción y/o comercialización del listado de los vegetales, productos vegetales y otros objetos incluidos en los anexos del Reglamento (UE) 2019/2072 de condiciones uniformes. 

Aquellas empresas que necesiten emitir el pasaporte fitosanitario, deben solicitarlo en el Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal.

La autorización a emitir PF es necesaria en:

  • Todos los vegetales destinados a plantación.
  • Semillas de cereales:
    • Oryza sativa L.
  • Semillas de plantas oleaginosas y textiles
    • Glycine max (L.)
    • Merrill, Brassica napus L.
    • Brassica rapa L.
    • Helianthus annus L.
    • Linum usitatissimum L.
    • Sinapis alba L.
  • Semillas de plantas ornamentales
    • Allium L.
    • Capsicum L.
    • Helianthus annus L.
    • Prunus avium L.
    • Prunus armeniaca L.
    • Prunus cerasus L.
    • Prunus domestica (L.) Batsch
    • Prunus dulcis (Mill.) D. A. Webb
    • Prunus persica (L.) Batsch
    • Prunus salicina Lindley
  • Semillas de plantas frutales
    • Prunus armeniaca L.
    • Prunus avium L.
    • Prunus cerasus L. 
    • Prunus domestica L.
    • Prunus dulcis (Mill) D. A. Webb.
    • Prunus persica (L.) Batsch
    • Prunus salicina Lindley
  • Semillas de plantas hortícolas
    • Allium cepa L.
    • Allium porrum L.
    • Capsicum annum L.
    • Phaselus coccineus L.
    • Phaseolus vulgaris L.
    • Pisum sativum L.
    • Solanum lycopersicum L.
    • Vicia faba L.
  • Semillas de plantas forrajeras
    • Medicago sativa L.
  • Semillas de patata (true potato seeds)

Trámites

Para poder emitir el pasaporte fitosanitario, las empresas deben:

Los modelos de pasaporte fitosanitario a utilizar existen en función de la categoría producida (estándar, CAC o certificada) o en función de las especies que están establecidos y han sido comunicados a las entidades implicadas de Aragón: 

Las empresas cada año debe presentar la declaración de cultivos en el Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal en las fechas que se determinen y posteriormente comunicar las declaraciones complementarias que se precisen. Para confeccionar las declaraciones el Departamento facilita una aplicación web:

Acceso a la aplicación web para declaraciones de cultivos

Las solicitudes generadas se presentan a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón, que permite al ciudadano o las empresas presentar todo tipo de solicitudes vía web sin tener que desplazarse a las dependencias de la Administración.

Más información y contacto

Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria 

Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal

Teléfonos: 976 716 385 - 976 713 125

cscv.agri@aragon.es

Última actualización: 28/02/2023

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