Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital (PACIMV) y el Servicio Público Aragonés de Inclusión Social
25/05/2021
- Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS)
- Ayuda social
Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y el Servicio Público Aragonés de Inclusión Social.

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LEY 3/2021, de 20 de mayo, por la que se regula la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y el Servicio Público Aragonés de Inclusión Social, publicada en el BOA el 25 de mayo de 2021.
- En el capítulo II se regula la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital (en adelante, Prestación Aragonesa Complementaria) como una prestación periódica de carácter social y naturaleza económica. Se trata de una prestación que tiene, por una parte, un carácter subsidiario del IMV cuando este sea denegado y se identifique falta de recursos suficientes, por parte de una persona o de una unidad de convivencia, para hacer frente a sus necesidades básicas, y, por otra, un carácter complementario para aquellas personas que sean beneficiarias del IMV, hasta la cuantía que les pudiera corresponder teniendo en cuenta su situación de vulnerabilidad.
- En el capítulo III se regula el Servicio Publico Aragonés de Inclusión Social como servicio que proporciona las prestaciones, programas e instrumentos de apoyo y acompañamiento a las personas y grupos sociales vulnerables en situación de riesgo o exclusión social, orientados a la plena y efectiva inclusión social en todas sus dimensiones, sin vinculación necesaria a la percepción de alguna prestación económica. Asimismo, esta ley pretende potenciar la participación de las personas inmersas en los procesos de inclusión; para ello, deberán promoverse desde los centros de servicios sociales canales y actuaciones de comunicación, participación y evaluación de estos procesos.
Con fecha 29 de mayo de 2020, el Gobierno de España aprobó el Real Decreto-ley 20/2020 (publicado en BOE de 1 de junio), por el que se establece el ingreso mínimo vital (IMV) como prestación económica de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.
El IMV se constituye como una prestación económica no contributiva integrada dentro del nuevo sistema de Seguridad Social, con carácter estructural, y complementario con las rentas o prestaciones establecidas en las Comunidades Autónomas. La puesta en marcha de esta prestación conlleva la reordenación del conjunto de ayudas estatales y autonómicas con el fin de evitar duplicidades y facilitar su complementación en el marco de la Garantía de ingresos. En Aragón, el reajuste previsto supone la coordinación de las prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Aragón con el IMV para garantizar respuestas inclusivas y dignas a las situaciones de pobreza y exclusión social.
Información y recursos asociados
Más información
- Evolución diaria COVID-19 en Aragón. Gobierno de Aragón
- Portal de Servicios para el Profesional (PSP). Gobierno de Aragón
- Oposiciones. Servicio Aragonés de Salud. Gobierno de Aragón
- Auxiliares Administrativos. Subgrupo C2. Turno libre para la estabilización de empleo temporal. Ofertas de Empleo Público 2018 y 2019. Gobierno de Aragón
- Acceso Autoservicio del empleado. Gobierno de Aragón