Restricciones en la hostelería y bares por la covid-19
- Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales
- Departamento de Sanidad
- Salud
- Salud Pública
Limitación de horario de actividad y aforos de los establecimientos de hostelería y bares debido a la crisis sanitaria por covid-19
Horario de cierre
- En los municipios de la provincia de Huesca, los siete días de la semana a las 22:00 horas.
- En los municipios de la provincia de Teruel, a las 20:00 horas de lunes a jueves y a las 18:00 horas los viernes, sábados, domingos
- En los municipios de la provincia de Zaragoza, los siete días de la semana a las 20:00 horas
- En el supuesto de los establecimientos de comida a domicilio, el límite lo marca el toque de queda, teniendo en cuenta que cuando comience todo el personal debe estar en sus domicilios.
Aforos y condiciones
- Prohibido el consumo en barra
- Prohibido fumar en terraza
- Aforos máximos: 50% en terraza y 30% en interior, en los municipios de las provincias de Zaragoza y Teruel. 100% en terraza y 30% en interior, en los municipios de la provincia de Huesca.
- Cuatro personas por mesa como máximo en interior y seis personas por mesa como máximo en exterior
- Actividad nocturna prohibida.
Bares, cafeterías y restaurantes ubicados en establecimientos hoteleros
Horario general para el público similar al anterior, y a partir de esa hora solo se permitirá el servicio a los clientes hospedados.
Establecimientos en áreas/estaciones de servicio y polígonos industriales
Aforo:
50% en interior con los horarios habituales.
Horario:
- De lunes a jueves hasta las 20:00 horas para todo tipo de clientes, y a partir de esa hora solo transportistas, trabajadores desplazados o trabajadores de empresas del polígono.
- Viernes, sábado y domingo hasta las 18:00 horas para todo tipo de clientes, y a partir de entonces solo transportistas, trabajadores desplazados o trabajadores de empresas.
Medidas de higiene
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Limpieza del equipamiento, en particular mesas, sillas, barra, así como cualquier otra superficie de contacto, de forma frecuente. Asimismo, deberá procederse a la limpieza y desinfección del local por lo menos una vez al día.
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Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso. En el caso de que esto no fuera posible, deberá evitarse el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintos clientes, optando por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios y su lavado mecánico en ciclos de lavado preferentemente entre 60 y 90 grados centígrados.
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Se procurará evitar el empleo de cartas de uso común, promoviendo el uso de dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares.
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Se priorizará el uso de productos monodosis desechables, o su servicio en otros formatos bajo petición del cliente, para dispensación de servilletas, palillos, vinagreras, aceiteras y otros utensilios similares.
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En los establecimientos que cuenten con zonas de autoservicio deberá evitarse la manipulación directa de los productos por parte de los clientes.
Regulación:
ORDEN SAN/34/2021, de 9 de febrero, por la que se modifica la Orden SAN/1/2021, de
4 de enero
Última actualización: 25/02/2021
- Evolución diaria COVID-19 en Aragón. Gobierno de Aragón
- COVID-19. Declaración responsable para justificar desplazamientos. Gobierno de Aragón
- Índice de riesgo por uso del fuego. Gobierno de Aragón
- Normativa coronavirus COVID-19. Gobierno de Aragón
- Restricciones en la hostelería y bares por la covid-19. Gobierno de Aragón