Auditorías Energéticas y habilitación como proveedor de servicios energéticos en Aragón

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Procedimientos de comunicación relativos a la realización de una auditoría energética y de habilitación como proveedor de servicios energéticos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Auditoría Energética en Aragón

De acuerdo al Real Decreto 56/2016, las empresas obligadas deberán someterse a una auditoría energética cada cuatro años a partir de la fecha de la auditoría energética anterior, que cubra, al menos, el 85 por ciento del consumo total de la energía final del conjunto de las instalaciones ubicadas en el territorio nacional.

Alternativamente, las empresas podrán aplicar un sistema de gestión energética o ambiental (certificado por organismo independiente, y que incluya una auditoría).

Las auditorías energéticas deberán ser realizadas por auditores energéticos debidamente cualificados (Artículo 8 Real Decreto 56/2016).

En la Comunidad Autónoma de Aragón, la presentación de la comunicación se realizará exclusivamente de forma telemática, aportando los datos de la auditoría y poderes de representación. Podrá encontrar más información, así como realizar la comunicación, en el siguiente enlace:

Presentación de la comunicación de la realización de una Auditoría Energética.

Habilitación como proveedor de Servicios Energéticos

Las personas físicas o jurídicas que deseen establecerse como proveedores de servicios energéticos, deberán presentar, previamente al inicio de la actividad una declaración responsable, en la que el titular de la empresa o su representante legal manifieste que cumple los requisitos que se exigen por el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantenerlos durante la vigencia de la actividad. A pesar de que no se exigirá la presentación de documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos junto con la declaración responsable, el titular de la misma deberá tener disponible esta documentación para su presentación cuando la Administración competente así lo requiera.

La presentación de la declaración responsable habilita para el ejercicio de la actividad, desde el momento de su presentación, en todo el territorio español por tiempo indefinido, sin perjuicio de las posteriores comprobaciones que pueda realizar la Administración competente.

En la Comunidad Autónoma de Aragón, la presentación de la declaración responsable para la habilitación como proveedor de servicios energéticos se realizará preferentemente (y exclusivamente en el caso de personal jurídicas) de forma telemática, aportando los datos solicitados. En el caso de personas físicas podrá presentarlo en papel, cumplimentando el formulario de comunicación correspondiente, en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, dirigiéndolo a la Dirección General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón.

Presentación de la declaración responsable para la habilitación como proveedor de servicios energéticos.

Normativa en materia de auditorías energéticas y habilitación de proveedores

Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía (PDF, 473 KB) (Boletín Oficial del Estado, 13 de febrero de 2016).

Última actualización: 23/02/2023

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