volver al tema
Educación
Sistema educativo, centros educativos, programas educativos, participación, asociaciones...
Detalle de Trámite
Denominación:
CONVOCATORIA DE PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA PARA MAYORES DE 18 AÑOS
Consiste en:
Optar a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
¿Quién lo puede solicitar?
Personas adultas mayores de 18 años
¿Qué requisitos debo cumplir?
Ser mayor de 18 años y presentar instancia con documentación si fuera necesario
Normativa aplicable:
Optar a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
Necesitas:
Anexo I de solicitud Orden de 1 de marzo de 2002, del Departamento de Educación y Ciencia, por la que se regula la prueba libre para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria para personas mayores de 18 años en la Comunidad Autónoma de Aragón
Documentación personal acreditativa de estudios anteriores
Lugar y forma de presentación:
Presentar el formulario siguiente cumplimentado y la documentación asociada.
Formularios:
Observaciones:
La inscripción se realizar a través del Centro designado por los Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte .
Efecto silencio administrativo:
DESESTIMATORIO
Plazo de resolución:
solicitudes a 15 días
Recursos:
1. Contra las resoluciones de los tribunales, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios del Centro correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero.
2. También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de las calificaciones definitivas en los respectivos Centros, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998 de 13 julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.