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Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

Detalle de Trámite

Denominación:
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA EL ACONDICIONAMIENTO DE ALOJAMIENTOS DESTINADOS A TRABAJADORES TEMPORALES DEL SECTOR AGROPECUARIO.
Consiste en:
La aprobación de la convocatoria correspondiente al año 2013, para la concesión de subvenciones para el acondicionamiento de inmuebles destinados al alojamiento de trabajadores que presten servicios de temporada en explotaciones agropecuarias en la Comunidad Autónoma de Aragón.

¿Quién lo puede solicitar?
Los empresarios agrícolas, organizaciones empresariales y cooperativas agrarias que habiliten alojamientos a los trabajadores temporales que tengan contratados.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta Orden, los empresarios, que, con el fin de alojar a trabajadores temporales de acuerdo con la definición del artículo 4.1 de esta Orden, realicen las acciones de acondicionamiento de plazas de alojamiento necesarias en los mismos. Asimismo podrán ser beneficiarios cooperativas agrarias y organizaciones empresariales que acondicionen plazas de alojamiento destinadas a albergar a trabajadores de temporada contratados por otros empresarios.

Necesitas:
A la solicitud cumplimentada en el modelo normalizado, deberá adjuntarse una memoria explicativa de las actuaciones a desarrollar en los términos del apartado sexto de la Orden.

A su vez, la justificación de la realización de la actividad subvencionable deberá efectuarse una vez finalizado el acondicionamiento de las plazas, y, en todo caso, con anterioridad al 15 de noviembre del 2013, en los términos previstos en el artículo 12 del Decreto 23/ 2008, de 12 de febrero, adjuntando además la siguiente documentación:

a) En el caso de justificación de obra mayor además de la documentación relacionada en dicho artículo, se deberá aportar:

1. Proyecto de ejecución completo en todos sus términos, visado y sellado por el Colegio Oficial correspondiente. Dicho proyecto deberá responder en su contenido y alcance al previsto en la memoria valorada que se adjuntó a la solicitud que sirvió de base para la concesión de la ayuda.

2. Licencia municipal de obra, si es necesaria.

3. Copia del contrato celebrado con el adjudicatario.

4. Certificaciones de obra según modelo ofi cial.

5. En la última certificación de obra deberá aportarse recibo del contratista, justifi cativo de haber cobrado el importe total de la obra.

6. Justificante de haber cumplido lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) En el caso de compra de instalaciones modulares se deberá aportar la siguiente documentación:

1. Contrato de compra de las instalaciones.

2. Certificado del instalador o persona competente que acredite que los módulos están adecuadamente instalados.

3. Certificación del vendedor del módulo de haber cobrado la totalidad de las cantidades adeudas por dichos conceptos.

Abierto desde:
27/03/2013
Abierto hasta:
26/04/2013
Pago de tasa:
N
Efecto silencio administrativo:
DESESTIMATORIO
Accesible en eugo.es:
N
Plazo de resolución:
Seis meses contados a partir del dia siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Recursos:
El órgano competente para resolver será el Consejero de Economía y Empleo, cuya orden resolutoria agotará la vía administrativa, en virtud de lo establecido en el artículo 54 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 4 de julio, del Gobierno de Aragón. Contra dicha orden podrá interponerse recurso de reposición con carácter potestativo ante artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Procedimiento Administrativo Común, o podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses computados a partir del día siguiente a la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de abril, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Códigos vuds:
0
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