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Renta Básica de Emancipación


El Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes. (BOE 315,  de 31 diciembre de 2011.) entre sus medidas derogatorias incluye la siguiente:

DISPOSICIONES DEROGATORIAS
Primera. Derogación del Real Decreto 1472/2007, 2 de noviembre.
1. Se deroga el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la renta básica de emancipación de los jóvenes.
2. Los beneficiarios que tengan reconocido el derecho a la renta básica de emancipación al amparo de lo dispuesto en el citado real decreto continuarán disfrutando de dicho derecho en las condiciones establecidas en la norma que se deroga y de acuerdo con los términos de la resolución de su reconocimiento.
Excepcionalmente, podrán ser beneficiarios del derecho a la renta básica de emancipación quienes lo hubieran solicitado a 31 de diciembre de 2011 y siempre que cumplan a dicha fecha los requisitos contemplados en la norma que se deroga, y en los términos que se establezca en la resolución de su reconocimiento.
Segunda. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto-ley."

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