Libros, bibliotecas, archivos, museos, patrimonio cultural, festivales, ferias, muestras y exposiciones.....
Agenda Cultural, Instituto Bibliográfico Aragonés, Registro de la Propiedad Intelectual, Depósito Legal.
La Biblioteca de Aragón representa el conjunto de competencias que, en materia bibliotecaria, fueron transferidas a esta Comunidad por el Ministerio de Cultura en el año 1986, por el artículo 35.1.16 del Estatuto de Autonomía de Aragón. En dicha Ley de Bibliotecas de Aragón, se establecen las líneas generales del Sistema de Bibliotecas, atendiendo tanto a la organización de los servicios bibliotecarios, como a su planificación e interconexión, a fin de garantizar el derecho de todos los ciudadanos al acceso y disfrute de los fondos culturales recogidos en las bibliotecas.
A la Biblioteca de Aragón se le atribuyen en la misma Ley las funciones propias del primer centro bibliotecario, cabecera del Sistema Bibliotecario Aragonés, así como las de colaboración e intercambio con otros sistemas. Esto supone la reunión de todas las políticas bibliotecarias que inciden directamente en el territorio aragonés, y también la repercusión y proyección de las mismas hacia el exterior.
Como institución global, está integrada, por las tres bibliotecas públicas de titularidad estatal de Zaragoza, Huesca y Teruel, por el centro coordinador de la Red de Bibliotecas aragonesas y por el IBA (Instituto Bibliográfico Aragonés) que tiene como objeto fundamental la preservación del patrimonio bibliográfico aragonés y su difusión.
La sede de la Biblioteca de Aragón está en el mismo edificio de la Biblioteca Pública de Zaragoza, sin que ello suponga que ambos conceptos son intercambiables, ya que la Biblioteca Pública responde al modelo específico de lo que son los servicios públicos bibliotecarios.
También en el mismo centro se ubican el Registro de la Propiedad Intelectual y el de Depósito Legal, aunque éstos no se refieran exactamente al ámbito bibliotecario.
Las actividades en la Biblioteca de Aragón pueden consultarse en el siguiente enlace:
El Decreto 81/1990 de 5 de junio de la Diputación General de Aragón que desarrolla la Ley 8/1986 de Bibliotecas de Aragón, en el art. 5º, indica que al Instituto Bibliográfico Aragonés le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
El IBA quedó constituido como centro de adquisición, depósito y difusión del patrimonio bibliográfico de la Biblioteca de Aragón.
Es un organismo administrativo creado para proteger los derechos de propiedad intelectual de los autores y demás titulares sobre las creaciones originales de carácter literario, artístico o científico.
Su objeto es la inscripción o anotación de los derechos de propiedad intelectual relativos a las obras, actuaciones y producciones protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual.
El registro es voluntario, no es obligatoria la inscripción para adquirir los derechos de propiedad intelectual, ni para obtener la protección que la Ley otorga a los autores y a los restantes titulares de derechos de propiedad intelectual.
El depósito legal consiste en una obligación impuesta por la normativa vigente de solicitar un número de control y posteriormente, depositar los ejemplares de las publicaciones editadas.
Las bibliotecas públicas del Estado y las autonómicas reciben por este procedimiento los materiales bibliográficos producidos en España.