Programa de Apoyo a la Reinserción Laboral (FEAG)
Qué es y cómo se desarrolla el programa
El objetivo del Programa es favorecer y ayudar a trabajadores que perdieron su empleo como consecuencia de despido entre el 31 de enero de 2011 y el 31 de octubre de 2011 (ambas inclusive) en empresas del sector de la construcción de edificios con sede en Aragón y que permanecen inscritos como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón.
A través del Programa se desarrollan diferentes actuaciones y servicios personalizados con los participantes en el mismo: orientación, asesoramiento laboral, formación en técnicas de búsqueda de empleo, formación en habilidades, formación para el empleo, formación en competencias, inserción laboral y seguimiento en el empleo.
El número de actuaciones a realizar con cada usuario/a y el de las horas dedicadas a cada una de las actuaciones desarrolladas con los/as usuarios/as dependerá de las características específicas y necesidades de apoyo a cada uno/a de ellos/as.
Como complemento a las actuaciones anteriores, existen incentivos para los participantes en el Programa, para favorecer su integración en el mercado laboral, para la conciliación familiar, para compensar las diferencias salariales entre el anterior empleo y aquél que se obtenga como consecuencia de la participación en el Programa, así como la actividad por cuenta propia.
El programa tiene una duración de 18 meses, terminando el 28 de septiembre de 2013.
La financiación de las actuaciones previstas en el programa se realizará a través del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en un 65% del coste total, y en un 35% por parte del Instituto Aragonés de Empleo.
¿Qué normativa regula este programa?
- Convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Empleo y las Organizaciones Empresariales y Sindicales más representativas de Aragón (CREA, CEPYME, UGT Y CC.OO.)
- Reglamento (CE) Nº 1927/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de diciembre de 2006 por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización. (Diario Oficial de la Unión Europea L 48/82 de 22 de febrero de 2008)
- Reglamento (CE) Nº 546/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2009 que modifica el Reglamento (CE) Nº 1927/2006 por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización. (Diario Oficial de la Unión Europea L167/26 de 29 de junio de 2009)
Para más información en relación con el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización pinche aquí http://ec.europa.eu/social
Guía informativa para la persona que participa en el Programa
Destinatarios
Para incorporarse al Programa de Apoyo a la Reinserción Laboral es imprescindible cumplir los siguientes requisitos:
- Haber trabajado en empresa del sector de la construcción de edificios con sede en Aragón y extinguirse la relación laboral por despido producido entre el 31 de enero de 2012 y el 31 de octubre de 2012 (ambos inclusive). El despido deberá ser acreditado por el desempleado mediante documento fehaciente.
- Permanecer inscrito como demandante de empleo en la Oficina de Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón que corresponda por domicilio del desempleado.
La fecha de inicio del Programa se refleja en un documento que firma el participante, donde se le informa de las diferentes actuaciones a realizar para favorecer su reinserción laboral, así como de la cofinanciación del Programa a través del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización.
Si la persona que participa en el Programa decide voluntariamente abandonarlo, renunciar al mismo o darse de baja por el motivo que se especifique, firma un documento que lo justifica
Actuaciones a realizar durante el Programa
Los/as usuarios/as del Programa podrán recibir los siguientes servicios personalizados:
- Orientación, asesoramiento y búsqueda de empleo:
- Acogida, elaboración de los itinerarios personalizados de inserción y asesoramiento laboral: se informa y recaba información de los usuarios/as, realizando el itinerario profesional individual que irá evolucionando y modificándose para propiciar una óptima reincorporación al mercado laboral, siguiendo un proceso en el que se mejoren las competencias profesionales y favorezcan oportunidades de acceso al mercado laboral.
- Formación en técnicas para la búsqueda de empleo, autoempleo y habilidades sociales: motivación de los usuarios/as hacia la búsqueda activa y efectiva de empleo, por cuenta propia o ajena, a través de una formación eminentemente práctica sobre técnicas de búsqueda de empleo basada, no en la mera impartición de conocimientos teóricos durante las sesiones de formación, sino sostenida en experiencias directas que facilitan la movilización de los usuarios durante todo este proceso formativo. Para usuarios/as con espíritu emprendedor se dará información para la puesta en marcha de la actividad, acceso a fórmulas de financiación de proyectos empresariales, y nuevas formas de gestión de empresa.
- Formación para el empleo:
- Formación en tecnologías de la información y la comunicación (TICs), formación de capacitación profesional y formación con compromiso de inserción: cursos de mejora de capacidades de los usuarios/as en relación con las tecnologías de la información y la comunicación, adquiriendo capacidades básicas necesarias para la búsqueda de cualquier trabajo. Cursos de mejora de aptitudes profesionales. Formación orientada a las necesidades específicas de cada empresa, cuyo objetivo es ofrecer diferentes opciones formativas para satisfacer las carencias detectadas.
- Formación en competencias clave/transversales: las competencias clave/transversales son las características personales relacionadas de una forma causal con el éxito o la excelencia en un determinado puesto de trabajo. En la formación en competencias se incluyen aspectos relacionados con el pensamiento (pensamiento analítico, conceptual, planificación y organización, búsqueda de información, autoaprendizaje, creatividad, orientación estratégica), gestión del equipo (desarrollo de personas, dirección de personas, liderazgo, trabajo en equipo y cooperación, gestión del cambio) logro (orientación al logro, iniciativa, preocupación por el orden y la calidad), influencia (orientación al cliente, comprensión interpersonal, comunicación, negociación) y gestión personal (flexibilidad, integridad, autoconfianza, autocontrol)
- Evaluación y acreditación de competencias: consistirá en la puesta en marcha de un proceso de información y orientación, evaluación, asesoramiento y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por los usuarios a través de la experiencia laboral o vías no formales de formación.
Esta actuación se desarrollará en tres fases:
- Asesoramiento: un análisis inicial de las competencias de aquellos usuarios interesados, a fin de reunir todas las posibles evidencias de cada uno y a vincularlas con las unidades de competencia que manifieste ser capaz de demostrar.
- Evaluación: la evaluación de los candidatos se realizará de cada una de las unidades de competencia. Se analizará la documentación de cada candidato y el informe del asesor generados en la fase de asesoramiento.
- Acreditación y registro: A los candidatos que hayan superado el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias, se les expedirá una acreditación oficial
- Inserción:
- Asistencia a la recolocación: prospección y análisis del tejido industrial de la zona de influencia para detectar necesidades de personal en las empresas. Gestión de ofertas de empleo detectadas una vez establecido que el perfil de los usuarios/as ha sido verificado dando traslado de los/as mismos/as a la empresa para que el candidato/a participe en el proceso de selección oportuno. Acompañamiento y apoyo al usuario/a en el itinerario de inserción.
- Seguimiento en el empleo: tutorías personalizadas en las que se verifican las condiciones de empleo de aquellos/as usuarios/as que han conseguido la reincorporación al mercado laboral, pudiendo subsanar desviaciones detectadas en la inserción laboral y/o mejorarla en el caso de usuarios/as que consiguen un empleo pero éste no termina de ajustarse a lo que realmente quiere.
El número de actuaciones a realizar con cada usuario/a y el de las horas dedicadas a cada una de las actuaciones desarrolladas con los/as usuarios/as dependerá de las características específicas y necesidades de apoyo a cada uno/a de ellos/as, quedando plasmado todo el itinerario de cada usuario/a en las fichas de control individualizadas y normalizadas que serán firmadas por cada participante.
Incentivos
Las actuaciones mencionadas anteriormente se complementarán con determinados incentivos económicos con el objetivo de garantizar una participación activa en las mismas, y a su vez, conseguir una más rápida integración de los desempleados en el mercado laboral.
Los incentivos económicos serán
1. Incentivos para la búsqueda activa de empleo: se dotará a cada usuario participante en las acciones del Programa con una prestación económica directa total de hasta 300€, a pagar como máximo en dos plazos de 150€ cada uno:
- Para el acceso y concesión del primer plazo de este incentivo será requisito imprescindible que el/la usuario/a esté incorporado/a al Programa al menos desde hace 3 meses, y haya desarrollado alguna de las actuaciones previstas en la Cláusula Segunda del convenio de colaboración.
- Para el acceso y concesión del segundo plazo de este incentivo será requisito imprescindible que el/la usuario/a siga estando incluido/a en el Programa durante al menos 3 meses más después de los 3 meses iniciales, y hubiera recibido al menos dos actuaciones de las previstas en la Cláusula Segunda del convenio de colaboración. Estas actuaciones deberán ser diferentes a la actuación que sirvió para justificar el pago del primer plazo de este incentivo.
2. Medidas de acompañamiento: se trata de una ayuda económica que permita compatibilizar la asistencia al Programa con las diferentes responsabilidades familiares que puedan afectar a los trabajadores desempleados despedidos. Dicha ayuda será directa y única por un importe de 150€ y tiene como objetivo poder compensar las dificultades añadidas en que se encuentran los usuarios del Programa y en concreto si se trata de alguna de las siguientes situaciones:
- Que tengan a su cargo hijo/s menor/es (hasta 16 años inclusive)
- Que tengan a su cargo familiar/es con el/los que se conviva (sin límite de edad) y tenga reconocida su situación de dependencia mediante certificado emitido por la autoridad administrativa competente.
- Que tengan a su cargo persona/s con un grado de discapacidad igual o superior al 33%
Para el acceso y concesión de este incentivo deberán cumplirse todos los requisitos que se mencionan a continuación:
- Que el usuario/a esté incorporado al Programa desde hace 3 meses habiendo desarrollado algunas de las actuaciones previstas en la Cláusula Segunda del convenio.
- Acreditar alguna de las siguientes situaciones:
-
- La condición de “hijo menor” (hasta 16 años inclusive) mediante libro de familia (copia cotejada) y empadronamiento familiar (copia cotejada).
- La de familiar/es con el/los que conviva mediante el libro de familia (copia cotejada), empadronamiento familiar (copia cotejada) y acreditar la condición de “persona dependiente” (la que necesita ayuda de otras personas para las actividades funcionales básicas de la vida diaria) con el/los que se conviva mediante copia cotejada del certificado de reconocimiento de dependencia emitido por el órgano competente.
- El grado de discapacidad igual o superior al 33% mediante certificado de discapacidad emitido por el órgano competente (copia cotejada), y empadronamiento familiar (copia cotejada).
3. Incentivos para la recolocación laboral: se dotará con una ayuda de 200€ a los usuarios del Programa que se reincorporen al mercado laboral por cuenta ajena y sea dado de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social.
Para el acceso y concesión de este incentivo se deberán cumplir todos los requisitos que se mencionan a continuación:
- Incorporación a la empresa en fecha posterior a la de incorporación de el/la usuario/a al Programa (acreditado mediante contrato de trabajo y/o vida laboral).
- Que el tiempo mínimo de permanencia en el nuevo trabajo sea de 1 mes con cualquier modalidad contractual vigente, ya sea a jornada completa o parcial (acreditado mediante contrato y/o vida laboral).
- Que el importe del salario bruto mensual dejado de percibir en la empresa del sector de la construcción en la que fue despedido/a fuese superior al que se esté percibiendo en la nueva empresa (acreditado mediante nómina, o cualquier otro documento fehaciente que determine la cuantía percibida como remuneración). Para el supuesto de salarios percibidos con jornada parcial habrá que realizar la igualación oportuna a jornada completa o viceversa para determinar si el salario dejado de percibir en la anterior empresa es superior o no al que se perciba en la nueva empresa. Si la nueva colocación fuera actividad por cuenta propia, no podrá percibir este incentivo ya que cuenta con uno específico.
- Será incompatible con la percepción por parte de el/la usuario/a de cualquier otra ayuda o subvención derivada de su participación en otros programas de políticas activas de empleo. En el supuesto de existir otra subvención, si el/la usuario/a optara por percibir este incentivo deberá renunciar expresamente a aquella por la que no opta.
El incentivo será abonado por meses completos y no por períodos inferiores, durante un período máximo de 3 meses, y dentro del período de vigencia del convenio.
4. Incentivos para la actividad por cuenta propia: se dotará con una ayuda de 400€/mes a los usuarios que desarrollen una actividad por cuenta propia y estén dados de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social dentro del período de vigencia del Convenio.
Para el acceso y concesión de este incentivo será necesario acreditar el inicio de la actividad por cuenta propia y el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
El incentivo será abonado durante un período máximo de 3 meses.
Noticias
- 31/07/2012: Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Convenio de Colaboración para la realización de un Programa de Apoyo a la Reinserción Laboral de trabajadores despedidos en empresas del sector de la construcción con sede en Aragón. ver enlace
- 06/08/2012: Programa del INAEM para reinsertar en el mercado laboral a desempleados del sector de la construcción. ver enlace
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Boletín Informativo Bimensual - Marzo 2013
- (158 KB)
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Boletín Informativo Bimensual - Enero 2013
- (110 KB)
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Boletín Informativo Bimensual - Noviembre 2012
- (123 KB)
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Boletín Informativo Bimensual - Septiembre 2012
- (75 KB)
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Boletín Informativo - Julio 2012
- (234 KB)
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Boletín Informativo - Junio 2012
- (353 KB)







