Planificación de la pesca

La Ley 2/1999 de 24 de febrero, de Pesca en Aragón y el Reglamento (Decreto 25/2008, de 12 de febrero) que la desarrolla prevé la ordenación y el aprovechamiento de las especies a partir de la elaboración de:
- Planes de Pesca de Cuenca Hidrográfica
- Planes Técnicos de los Cotos
1. Los planes de pesca de la cuenca hidrográfica, tienen como objetivo la planificación, ordenación y gestión piscícola, incluirán en su contenido diversos trabajos orientados a:
El estudio del hábitat fluvial y del régimen de caudales de la cuenca hidrográfica
- El inventario de las poblaciones y especies de pesca, con indicación de sus características y, en su caso, de la catalogación
- El estado sanitario de las poblaciones
- La determinación de los diferentes tramos y de sus características, con especificación de los tramos salmonícolas y ciprinícolas, y su zonificación
- El estudio e inventario de usos de la cuenca
- Las directrices de gestión
- El programa de seguimiento y evaluación
Los planes de cuenca que regulan la actividad, son coincidentes con las cuencas hidrográficas del territorio.
2. Los planes técnicos de los cotos fijan las directrices para la gestión y aprovechamiento piscícola de los cotos de pesca con el siguiente contenido:
- Definición de capturas con expresión de unidades y tamaños.
- Número de permisos expedidos.
- Número de pescadores por día hábil.
- Las repoblaciones realizadas con indicación de especies y cantidades.
- Los trabajos realizados.
- Las inversiones realizadas.
- Las actividades deportivas realizadas.
- Los cursos de formación efectuados.
- Balance económico del ejercicio.
Para más información...
Dirección Gestión Forestal, Caza y Pesca
Servicio de Caza, Pesca y Medio Acuático