Vehículos y Transportes. Contenedores afectados por el Convenio Internacional sobre Seguridad de Contenedores (CSC)

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El Convenio internacional sobre la Seguridad de los Contenedores, CSC. Ámbito de aplicación. Normativa en España...

Seguridad en el transporte y manipulación de los contenedores

El Convenio internacional sobre la Seguridad de los Contenedores, CSC, se aprobó en Ginebra el 2 de diciembre de 1972, y tiene por objeto mantener un elevado nivel de seguridad en el transporte y la manipulación de contenedores, y facilitar su transporte internacional, proporcionando reglas de seguridad uniformes.

El ámbito de aplicación del Convenio se limita a los contenedores de un determinado tamaño mínimo con dispositivos en las esquinas, que permiten su manipulación, sujeción y apilamiento, con excepción de los contenedores construidos especialmente para el transporte aéreo.

En España, el Real Decreto 2319/2004 de 17 de diciembre, establece normas de seguridad de contenedores de conformidad con el Convenio Internacional sobre la seguridad de los contenedores - (PDF, 298 Kb).

En él se establece que los contenedores fabricados con posterioridad al 13 de septiembre de 1977, dedicados al transporte nacional e internacional de mercancías con origen o destino en España, deberán contar con un certificado de conformidad y llevar una placa de aprobación (CSC).

Los contenedores fabricados con anterioridad al 13 de septiembre de 1977, que no dispongan del mencionado certificado de conformidad, deberán ir provistos de una placa de aprobación (CSC) con un número de contraseña expedida por la autoridad competente del Estado parte del Convenio.

¿Dónde solicitar los certificados de conformidad?

Los certificados de conformidad de los contenedores fabricados en España serán expedidos por Organismos de Control.

Además, según se establece en su artículo 6.4, antes de iniciar la producción de cada nueva serie de contenedores que deban fabricarse conforme a un modelo, tipo o unidad de contenedor aprobado, el fabricante deberá comunicarlo a la autoridad competente de la comunidad autónoma.

En el caso de la Comunidad Autónoma de Aragón, dicha comunicación se producirá mediante un correo electrónico enviado a la dirección sgi@aragon.es, con el asunto: “Comunicación de inicio de fabricación de contenedores CSC”, y adjuntando:

  • Fecha de inicio y lugar de fabricación.

  • Modelo, dimensiones y número de aprobación de los contenedores a fabricar.

Última actualización: 22/01/2024

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